En una acción orientada a mejorar las condiciones socioeconómicas del Personal Docente y de Apoyo y Asistencia a la Educación adscrito a los Subsistemas Centrales de la Secretaría de Educación Pública, incorporados al Modelo de Educación Media Superior y Superior, se han establecido diversas prestaciones, dentro de las cuales se encuentran
Prestaciones devengadas
La acción para exigir el pago de estas prestaciones es a partir que el trabajador (a) adquiera la factura por la compra, prescribirá al término de un año contado a partir de la fecha en que se expida la factura por concepto.
Esta prestación se otorga para la adquisición de Anteojos o Lentes de Contacto, para personal docente cuantas veces sea necesario, para Personal de apoyo y asistencia a la educación dos veces durante el año calendario.
Requisitos:
- Solicitud personal para realizar el trámite, dirigida a la Dirección y con atención a Recursos Humanos, formato libre.
- Prescripción Médica emitida por el ISSSTE (Medición optométrica).
- Factura de la compra de los Anteojos o Lentes de Contacto a nombre del (de la) trabajador (a), con su R.F.C. y domicilio particular, con la clave de uso CFDI (D01) y la impresión del documento XML correspondiente.
- Constancia de Estudios del hijo y/o hija, si es mayor de edad.
- Acta de matrimonio (en caso de que el beneficiario sea esposo o esposa).
- Acta de nacimiento del beneficiario (en caso de que el beneficiario sea hijo o hija).
- Acta de nacimiento del (de la) trabajador (a) (en caso de que el beneficiario (a) sea padre o madre).
- Acta de nacimiento de sus padres (en caso de que el beneficiario sea padre o madre).
Esta prestación se otorga al personal docente y de apoyo y asistencia a la educación.
Requisitos:
- Solicitud personal para realizar el trámite, dirigida a la Dirección y con atención a Recursos Humanos, formato libre.
- Prescripción Médica emitida por el ISSSTE.
- Factura y XML a nombre del (de la) trabajador(a), que demuestre la adquisición de aparatos ortopédicos, auditivos, sillas de ruedas y/o prótesis.
- Constancia de Estudios del hijo y/o hija, si es mayor de edad.
- Acta de matrimonio (en caso de que el beneficiario sea esposo o esposa).
- Acta de nacimiento del beneficiario (en caso de que el beneficiario sea hijo o hija).
- Acta de nacimiento del (de la) trabajador (a) (en caso de que el beneficiario (a) sea padre o madre).
- Acta de nacimiento de sus padres (en caso de que el beneficiario sea padre o madre).
Esta prestación se otorga a docentes por concepto de ayuda de titulación a nivel de Licenciatura o para la obtención de grados de Maestría o Doctorado, al personal de apoyo y asistencia a la educación por concepto de ayuda de titulación a nivel de Licenciatura; a fin de coadyuvar al desarrollo profesional de las y los trabajadores.
Requisitos:
- Estar en servicio activo.
- Tener un año de servicios efectivos prestados en el Subsistema.
- Entregar para tal efecto, la documentación siguiente:
a) Solicitud por escrito, de esta prestación.
b) Último Talón de Pago.
c) Factura y XML a nombre del (de la) trabajador(a).
d) Constancia que certifique el registro de los títulos de sus proyectos de tesis.
Prestaciones de antigüedad
Se otorga al personal al cumplir los años de servicios según lo indicado en cada requisito.
Especifica que los años de servicios deben ser acumulados únicamente en plazas docentes.
Requisitos:
- Solicitud que se emite con la convocatoria.
- Copia del primer nombramiento de ingreso a la administración pública federal.
- Copia de los nombramientos que acrediten los años de servicio.
- Último comprobante de pago.
- Copia de la identificación oficial vigente.
- CURP
- CLABE interbancaria.
Estos requisitos se indican en la convocatoria, la cual puede variar en cada emisión.
Los años de servicios son acumulados de todo el historial laboral del trabajador, independiente del tipo de plaza que haya ostentado. Prescribe al término de un año a partir de cuando se cumplen años de servicio.
Requisitos:
- Solicitud por escrito del pago de la prestación (formato libre), dirigida a la dirección con atención a recursos humanos, indicando nombre, RFC, clave presupuestal y años de servicios cumplidos, solicitando el trámite para pago por ESTIMULO POR ANTIGÜEDAD C-68.
- Primer nombramiento (FUP)
- Copia de identificación oficial vigente.
Requisitos:
- Solicitud que se emite con la convocatoria.
- Copia del primer nombramiento de ingreso a la administración pública federal.
- Copia de los nombramientos que acrediten los años de servicio.
- Último comprobante de pago.
- Copia de la identificación oficial vigente.
- CURP
- CLABE interbancaria.
Estos requisitos se indican en la convocatoria, la cual puede variar en cada emisión.
Los años de servicios son acumulados de todo el historial laboral del trabajador, independiente del tipo de plaza que haya ostentado. Prescribe al término de un año a partir de cuando se cumplen años de servicio.
Requisitos:
- Solicitud por escrito del pago de la prestación (formato libre), dirigida a la dirección con atención a recursos humanos, indicando nombre, RFC, clave presupuestal y años de servicios cumplidos, solicitando el trámite para pago por ESTIMULO POR ANTIGÜEDAD C-68.
- Primer nombramiento (FUP)
- Copia de identificación oficial vigente.
Licencias
Esta prestación consiste en reponer a las trabajadoras, los días de vacaciones no disfrutados, con motivo de una licencia por gravidez expedida por el I.S.S.S.T.E.
Requisitos para el trámite:
- Solicitud por escrito de esta prestación dirigida a la dirección, una vez autorizada deberá entregarse en recursos humanos.
- Licencia por gravidez expedida por el I.S.S.S.T.E.
La acción para exigir el otorgamiento de esta prestación prescribirá al término de un año, contado a partir del día siguiente de la fecha en que concluya la licencia por gravidez.
Esta prestación consiste en reponer los días de vacaciones no disfrutados, con motivo de una Licencia Médica expedida por el I.S.S.S.T.E., siempre y cuando el personal tenga derecho a disfrutar de ellas.
Requisitos para el trámite:
- Solicitud por escrito de esta prestación dirigida a la dirección, una vez autorizada deberá entregarse en recursos humanos.
- Licencia médica expedida por el I.S.S.S.T.E.
La acción para exigir el otorgamiento de esta prestación prescribirá al término de un año, contado a partir del día siguiente de la fecha en que concluya el periodo vacacional correspondiente.
Consiste en conceder al personal femenino, licencia sin goce de sueldo hasta por un año, para la atención de sus hijos menores de dos años.
Requisitos:
- Solicitud por escrito de esta prestación dirigida a la dirección, una vez autorizada adquiere el carácter de irrenunciable.
- Acta de nacimiento del hijo o hija.
El tiempo por el que se otorga este tipo de licencia a las trabajadoras, no se computará para efectos de antigüedad en el Subsistema y tampoco para lo establecido sobre el particular en la Ley del I.S.S.S.T.E.
Otras Prestaciones
Esta prestación consiste en autorizar al personal un permiso para ausentarse de sus labores por enfermedad del cónyuge o de los hijos que dependan económicamente del trabajador o trabajadora.
Hasta un máximo de ocho días hábiles con goce de sueldo, durante el año calendario, comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre, considerando el número de días que certifique el I.S.S.S.T.E., podrá ser otorgado en una sola autorización, o dividido en varias ocasiones, conforme lo certifique el I.S.S.S.T.E.
El otorgamiento de esta prestación se llevará a cabo bajo los siguientes criterios:
- a) Para el personal que durante el año calendario, no disfrute de licencia sin goce de sueldo, le corresponderán los 8 días.
- b) Para el personal que disfrute de licencia sin goce de sueldo por un periodo de hasta 3 meses, le corresponderán 6 días.
- c) Para el personal que disfrute de licencia sin goce de sueldo por más de 3 hasta 6 meses, le corresponderán 4 días.
- d) Para el personal que disfrute de licencia sin goce de sueldo por más de 6 hasta 9 meses, le corresponderán 2 días.
Requisitos:
- a) Solicitud por escrito dirigida a la dirección, una vez autorizada debe entregarse en recursos humanos.
- b) Copia del acta de nacimiento de su(s) hijo(s) o de matrimonio, según corresponda.
- c) Dictamen médico expedido por el I.S.S.S.T.E., que certifique que la enfermedad del cónyuge o del (los) hijo(s) requiere de atención especial por parte del trabajador o trabajadora (como familiar).
Al término de su licencia por gravidez, se otorga al personal femenino de apoyo y asistencia a la educación, dos descansos extraordinarios por día, durante un periodo de seis meses, para amamantar a sus hijos (as).
Requisitos:
- a) Solicitud por escrito dirigida a la dirección, una vez autorizada debe entregarse en recursos humanos.
- b) Licencia por gravidez expedida por el ISSSTE.
- c) Copia del acta de nacimiento de su hijo o hija.
Consiste en proporcionar un apoyo económico para el pago del servicio de guardería particular a las madres trabajadoras o padres que ejerzan la guarda custodia.
Criterios de pago:
-Personal femenino docente y de apoyo y asistencia a la educación, cuyo nombramiento sea definitivo y/o provisional con o sin titular.
-La acción para exigir el pago de esta prestación prescribirá al término de un año a partir de la fecha de parto.
- El pago de esta prestación se otorga por cada hijo de 45 días a 6 años de edad, hasta un máximo de 3 hijos.
- El monto autorizado se otorgará al personal que cuente con nombramiento(s) de 20 horas o más.
- Tener una antigüedad mínima de 6 meses de servicios ininterrumpidos en el Subsistema
Requisitos:
- a) Solicitud formal del pago de la prestación
- b) Acta de nacimiento del o los hijos (as).
- b) Documento que acredite legalmente la inscripción del o de los hijos (as) en la guardería particular.
Es una ayuda económica que se otorga a las madres trabajadoras por el nacimiento de su hijo o hija. En caso de parto múltiple, se pagará el importe establecido por cada hijo o hija.
Requisitos:
- a) Solicitud por escrito del pago de esta prestación.
- b) Licencia por Gravidez expedida por el I.S.S.S.T.E.
- c) Acta de nacimiento de cada hijo (a).